El 55 por ciento de las 249 operaciones mineras metálicas en el país se realizan sin que existan reportes públicos de emisiones y contaminantes en agua, aire, manejo o suelo en un periodo de 17 años; además de que el 38 por ciento de las operaciones carecían de información sobre una Evaluación de Impacto Ambiental o bien había sido negado el trámite, expuso una investigación de Cartocrítica que fue presentada este día junto con el colectivo Cambiémosla Ya.
Situaciones como ésta han llevado a estas organizaciones y a expertos en la materia a pedir al Congreso de la Unión aprobar el paquete de reformas en materia minera enviado por el Presidente Andrés Manuel López Obrador a finales de marzo, pues consideran que la Ley Minera actual ha sido una de las más neoliberales y carece de regulaciones estrictas en materia de impacto ambiental y en deterioro de las comunidades mexicanas, como lo exponen las cifras del análisis presentado este día.
“Esta propuesta no hace cambios cosméticos, sino que es un cambio bastante profundo en cómo se otorga la concesión. Hoy lo que sucede es que una empresa que está interesada tiene estudios de prospección y entrega una serie de datos a la Secretaría de Economía, y no pasa nada si le faltan unos datos, y la dependencia verifica y otorga una concesión por 50 años”, explicó Jorge Peláez, abogado coordinador de la Clínica para la Justicia Ambiental “Bertha Cáceres”, en entrevista con SinEmbargo.
Las reformas propuestas a las leyes Minera; de Aguas Nacionales; del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, y General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos; contemplan que las concesiones tengan una duración de 15 años en vez de 50, y sean prorrogables sólo por un periodo extra sujeto al cumplimiento de las regulaciones en la materia. Es decir, las empresas mineras podrían operar por un máximo de 30 años, en vez de los 100 previstos en la Ley Minera actual expedida en 1992, durante el Gobierno de Carlos Salinas de Gortari (1988-1994).
La nueva legislación incorpora, además, de manera obligatoria la realización de una consulta previa, libre e informada por parte del Estado mexicano para que los pueblos indígenas y afrodescendientes tengan una participación en decisiones que afectan a sus comunidades y, en caso de que estén de acuerdo con la explotación minera en la región, tengan un dicho en las regalías que obtendría por la actividad económica, que no puede ser menor al 10 por ciento de las ganancias.
“El cambio importante en esto es que genera competencia para otorgar una concesión, y antes de que se abra el proceso de licitación se hace una consulta para la obtención del consentimiento previo, libre e informado de pueblos indígenas y afrodescendientes; además que quien gane la licitación no se convierte automáticamente en concesionario, sino que tiene que cumplir con una serie de permisos en materia de impacto ambiental”.
Peláez enfatizó que la reforma contempla que estas consultas a pueblos indígenas y afrodescendientes se realicen previo a la licitación y por lo mismo permite que no haya empresas que empiecen a intervenir o buscar a ejidatarios o comuneros para intentar de convencer a miembros de la comunidad de manera extraoficial.
De acuerdo con información contenida en el proyecto enviado por el Ejecutivo federal al Congreso de la Unión, 3 mil 036 concesiones mineras al 2019 ocupaban territorios indígenas.
Se ha documentado ampliamente que la actividad minera en comunidades puede resultar en conflictos socioambientales, mientras que ambientalistas que se han opuesto a ésta han sido atacados e incluso han sido desaparecidos o hallados sin vida, como fue el caso reciente de Eustacio Alcalá en Michoacán, reportado como desaparecido el 1 de abril y encontrado muerto cinco días después.
“En el artículo 2 de la Constitución mexicana se reconocen los derechos de pueblos y comunidades indígenas de decidir sobre su territorio, está también incluido en convenciones internacionales firmadas por México como el Tratado 169 de la Organización Internacional del Trabajo, la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas; entonces la Ley Minera vigente contradice esta legislación, que es del mayor nivel”, expuso al respecto la doctora Leticia Merino, académica del Instituto de Investigaciones Sociales de la Universidad Nacional Autónoma de México (IIS-UNAM). “Esta iniciativa presidencial justamente reconoce y es coherente con el rango constitucional que tienen estos derechos. Sin duda, es un paso muy importante”.
“Hay un cambio de 180 grados a una ley profundamente abusiva, una ley que ha generado muchas tragedias humanas, muchos desplazados, mucha destrucción ambiental, muchos problemas de salud pública, de enfermedades neurodegenerativas, de cánceres, y todo está documentado”.
Sin Embargo