«En la Suprema Corte de Justicia de la Nación está por resolverse un tema fundamental para la comunidad científica y tecnológica, asunto ventilado por la Federación Nacional de Sindicatos del Sector de Ciencia y Tecnología y por algunos investigadores en medios de comunicación. En términos simples, se trata de una resolución de corte laboral para que los académicos y un segmento de la investigación científica médica sean adscritos al apartado B del artículo 123 constitucional aplicable a los trabajadores al servicio del Estado, en lugar del apartado A, régimen al que actualmente pertenecen.
Al respecto se deben ponderar las ventajas y desventajas. Poco hay que lo justifique más allá de una interpretación rigorista de la Constitución y de una opinable definición sobre la naturaleza de los organismos a los que pertenecen los académicos, científicos y médicos. El tema fundamental es la certeza de derechos. La condición de trabajador de confianza del gobierno compromete la estabilidad laboral, ya que los empleados con tal carácter pueden ser removidos o suspendidos de formas discrecionales»: Liébano Sáenz.




