¿En qué lugares está prohibido fumar o exhibir cigarros a partir del 15 de enero?

A partir de este domingo 15 de enero entra en vigor el Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco, el cual prohíbe consumir cigarros en restaurantes, estadios, bares y discotecas; además de la exhibición y publicidad de cualquier producto con tabaco en cualquier punto de venta y comercio.

El nuevo reglamento, que ha causado el rechazo de la industria tabacalera, comerciantes, tiendas de autoservicio y restaurantes, contiene una serie de medidas que se explican a continuación para la venta y consumo de cigarros.

El nuevo reglamento, que fue publicado el 17 de diciembre en el Diario Oficial de la Federación, establece que los puntos de venta –como las tiendas de conveniencia y establecimientos como Oxxo o supermercados– tienen prohibido colocar publicidad o generar difusión de los cigarrillos.

Para la comercialización de los productos de tabaco deberá realizarse a través de una lista textual y escrita de estos productos con sus precios, sin logotipos, sellos o marcas. Dicha lista de comercialización deberá cumplir con los requisitos y características que establezca la Secretaría de Salud mediante disposiciones generales.

El nuevo reglamento prohíbe consumo de tabaco en lugares públicos:

–Oficinas y centros de trabajo
–Restaurantes: No podrán ofrecer servicio con opción de mesa para fumar.
–Transporte público
–Hoteles
–Escuelas
–Sedes donde se realizan espectáculos
–Plazas comerciales
–Estadios
–Lugares donde se encuentren niñas, niños y adolescentes y estén marcados con la leyenda “Espacio libre de humo”.

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