“No hay fecha que no se cumpla ni plazo que no se venza”, dice un conocido refrán, el cual encaja a la perfección con el nuevo escenario para el outsourcing en México que se materializa este 1 de septiembre. A partir de este mes, todas las nuevas disposiciones en materia de subcontratación están vigentes y, con ello, las implicaciones penales en caso de simular servicios especializados o firmar contratos para suministro de personal.
Con el arranque de septiembre vencieron los nuevos plazos previstos para la regularización de las empresas que tenían contratos de subcontratación laboral y para los negocios que desean prestar servicios especializados en el mercado. Al mismo tiempo, entraron en vigor todas las disposiciones de seguridad social y de la materia fiscal.
Entre las nuevas reglas aplicables a partir de este mes, la subcontratación laboral o la simulación de los servicios especializados se equipara a delito de defraudación fiscal que puede ser castigado hasta con nueve años de prisión, según el Código Fiscal de la Federación.
Además, las facturas por concepto de suministro de personal o de subcontratación de servicios especializados que no cuenten con la inscripción al Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas (Repse) pierden sus efectos para deducibilidad.
Durante el tiempo de transición, las empresas podían celebrar nuevos contratos de prestación de servicios especializados sin contar con el Repse, pero a partir de este 1 de septiembre todos los contratos de tercerización deben contar con el registro en el padrón público operado por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) para que las facturas emitidas por los contratistas tengan efectos de deducibilidad y acreditamiento ante el ISR y el IVA.
“Después del 1 de septiembre, la consecuencia inmediata del incumplimiento será la no deducibilidad de las facturas por esos servicios, ahí es donde vamos a ver la primera afectación”, apuntó Jaime Rodríguez Eguiarte, socio líder de la Práctica Laboral de la firma Ibarra, del Paso y Gallego.
La reforma de subcontratación contempló la modificación a ocho ordenamientos legales, con ello, desde abril quedó prohibido el outsourcing basado en suministro de personal. Los cambios en la legislación establecieron nuevas reglas para la subcontratación, como la tercerización de servicios, siempre que no formen parte del objeto social y actividad económica preponderante del cliente y que el contratista cuente con el Repse.
Las modificaciones al esquema de subcontratación también incorporaron las multas por incumplimiento más elevadas en la historia de la legislación laboral. Al vencer el plazo de transición el 1 de septiembre, la empresa que preste o se beneficie de servicios especializados que no cuenten con el registro ante la STPS, puede ser sancionada con una multa de hasta 4 millones 481,000 pesos.
Las últimas cifras de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) refieren que más de 100,000 empresas han iniciado el trámite en el Repse, de las cuales 65,000 ya lo concluyeron.
El Economista




